Cómo registrar la compra de un vehículo en Tukonta
Aquí tienes una guía sobre cómo registrar la compra de un vehículo en Tukonta, según cuál sea tu situación.
- Registro de la compra de un vehículo parcialmente afecto a la actividad.
- Registro de la compra de un vehículo totalmente afecto a la actividad.
Si te acabas de comprar un vehículo (turismo, furgoneta, moto, etc.) y quieres registrarlo en Tukonta para poder deducírtelo como gasto de tu actividad, lo primero que debes tener en cuenta es en qué porcentaje estará afecto este vehículo a tu actividad, es decir, cuánto lo utilizarás de forma exclusiva para la obtención de ingresos.
La Norma Foral del IRPF establece lo siguiente:
- “En los supuestos en los que el contribuyente acredite que la utilización de su vehículo en el ámbito empresarial o profesional es habitual y notoriamente relevante para la obtención de los ingresos podrá deducir un 50% de los gastos derivados de la adquisición, importación, reparación, mantenimiento...”
- Hay actividades que por su naturaleza se presume su afectación exclusiva al negocio, por ejemplo, comerciales, repartidores… y cuya adquisición y gastos asociados son deducibles al 100%, con unos límites máximos.
Lo que quiere decir la normativa es que, si utilizas el vehículo tanto a nivel personal como a nivel profesional, se presume que podrás deducirte como gasto un 50% de los gastos relacionados con el mismo, siempre y cuando lo puedas acreditar. Y que podrás deducirte más de un 50% y hasta el 100% del gasto, siempre y cuando puedas justificar la afectación del porcentaje del uso del vehículo al destino de la actividad económica.
Registro de la compra de un vehículo parcialmente afecto a la actividad
Si el vehículo que has comprado está afecto al 50% a la actividad que desarrollas, ya que supone una parte del activo necesario para la obtención de ingresos, te mostramos un ejemplo con los pasos a seguir para el registro de la compra del vehículo en Tukonta.
En este caso, la adquisición del vehículo es deducible en el IRPF y en el IVA al 50%, con lo que debemos registrar sólo el 50% del importe total del precio de compra.
Supongamos una factura de la compra de un coche como la de la imagen a continuación. Como puedes comprobar, en la factura los importes son:
- Base imponible = 14.500 €
- Cuota IVA (21% IVA) = 3.045 €
- Importe total = 17.545 €

Como la afectación del vehículo es al 50%, incluiremos en el registro el 50% de los importes desglosados.
Desde el apartado de "Gastos", haz clic en el botón de “Nuevo gasto” y cumplimenta los campos a continuación:
- Fecha: Introduce la fecha que tiene la factura.
- Número de documento: Introduce el número de factura que aparece en la propia factura. ¡Importante! Indica el número que aparece en el documento que te ha proporcionado tu proveedor, no una referencia tuya.
- Proveedor: Introduce el nombre del proveedor si lo has creado anteriormente; si no, créalo haciendo clic en "Crear nuevo proveedor".
- Concepto: Introduce el concepto al que hace referencia la factura.
- Base imponible: Tendrás que calcular el 50% de la base de la factura. En nuestro ejemplo, este importe será el que aparece debajo de la columna "Precio". Si el importe es 14.500 €, aplicando el 50%, obtendremos un importe de base imponible de 7.250 €.
- % IVA: Indica el tipo de IVA que aparece en la factura.
- % IRPF: Introduce el tipo de retención de IRPF. Normalmente, en este tipo de facturas, será del 0,00%
- Marcaremos con un clic la casilla: “ES UNA INVERSIÓN. Se ha comprado para utilizarlo durante más de 1 año y sin intención de venderlo”.
- Tipo de gasto: Selecciona el tipo de gasto que corresponde. En este caso, tienes que seleccionar "Elementos de transporte".
- Comprueba que el total de gasto coincida con el importe total de la factura. Es posible que exista alguna variación en céntimos, pero es algo normal.
- Cumplimentados los campos, sólo tienes que pulsar en "Guardar gasto".
- ¡Listo! Ya tienes tu gasto registrado.
Aquí puedes ver un ejemplo del registro de la factura de compra del coche con afectación al 50% a tu actividad económica:

Si el porcentaje de aceptación fuese diferente, sólo tendrías que hacer el cálculo en el precio antes de indicar la base imponible, ya que tukonta te calculará la cuota del IVA al indicar el %.
Registro de la compra de un vehículo exclusivamente afecto a la actividad
En el caso de que ejerzas una actividad de las que Hacienda Foral de Bizkaia considera que el vehículo está exclusivamente afecto, deberás registrar el importe total del precio de adquisición y los gastos de uso. Será deducible el gasto al 100%.
Siguiendo el mismo ejemplo anterior, en este caso la afectación es al 100% con lo que no habrá que hacer ningún cálculo para registrar los importes. Desde el apartado de "Gastos", haz clic en el botón de “Nuevo gasto” y cumplimenta los campos a continuación:
- Fecha: Introduce la fecha que tiene la factura.
- Número de documento: Introduce el número de factura que aparece en la propia factura. ¡Importante! Indica el número que aparece en el documento que te ha proporcionado tu proveedor, no una referencia tuya.
- Proveedor: Introduce el nombre del proveedor si lo has creado anteriormente; si no, créalo haciendo clic en "Crear nuevo proveedor".
- Concepto: Introduce el concepto al que hace referencia la factura.
- Base imponible: 14.500 €.
- % IVA: Indica el tipo de IVA que aparece en la factura.
- % IRPF: Introduce el tipo de retención de IRPF. Normalmente, en este tipo de facturas, será del 0,00%
- Marcaremos con un clic la casilla: “ES UNA INVERSIÓN. Se ha comprado para utilizarlo durante más de 1 año y sin intención de venderlo”.
- Tipo de gasto: Selecciona el tipo de gasto que corresponde. En este caso, tienes que seleccionar "Elementos de transporte".
- Comprueba que el total de gasto coincida con el importe total de la factura.
- Cumplimentados los campos, sólo tienes que pulsar en "Guardar gasto".
- ¡Listo! Ya tienes tu gasto registrado.
Aquí puedes ver un ejemplo del registro de la factura de compra del coche con afectación al 100% a tu actividad económica:

Si tienes cualquier otra duda, puedes consultar nuestro artículo completo sobre la Deducción del IVA e IRPF de un vehículo siendo Autónomo o Empresa en Bizkaia.